Glosario
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Asentamiento Subnormal: Es aquel que no ha sido desarrollado por urbanizador responsable y cuya infraestructura de servicios presenta serias deficiencias por no estar integrada totalmente a la estructura urbana y en el cual las familias viven generalmente en condiciones de pobreza crítica.
Carga contratada: Carga autorizada y aprobada por LA EMPRESA a un USUARIO determinado que aparece representada en la factura o cuenta de cobro.
Capacidad o potencia instalada: Es la carga instalada o capacidad nominal que puede soportar el componente limitante de una instalación o sistema eléctrico.
Capacidad o potencia instalable: Se considera como capacidad instalable, la capacidad en kVA que puede soportar la acometida a tensión nominal de la red, sin que se eleve la temperatura por encima de 60 °C en cualquier punto o la carga máxima que soporta la protección de sobrecorriente de la acometida, cuando exista.
Capacidad nominal: El conjunto de características eléctricas y mecánicas asignadas a un equipo o sistema eléctrico por el diseñador, para definir su funcionamiento bajo unas condiciones específicas.
Carga censada o Instalada: Es la suma de las capacidades nominales de los electrodomésticos y equipos que consumen energía eléctrica y que se encuentran conectados a la instalación o que potencialmente se puedan instalar en la misma.
Carga por aportes de conexión: Es aquella suma de dinero que el USUARIO paga para cubrir los costos involucrados en la conexión al servicio de electricidad.
Cargo por consumo: Valor que se factura y cobra al USUARIO por el consumo determinado por la aplicación de las tarifas vigentes para el servicio por el número de unidades consumidas.
Centro de Control: Es el Centro Nacional de Despacho (CND), un Centro Regional de Despacho (CRD) o un Centro Local de Distribución (CLD), según el caso.
Centro Nacional de Despacho (CND): Es la dependencia encargada de la planeación supervisión y control de la operación integrada de los recursos de la generación, interconexión y transmisión del Sistema Interconectado Nacional.
Centro Regional de Despacho (CRD): Es un centro de supervisión y control de la operación de las redes, subestaciones y centrales de generación localizadas en una misma región.
Circuito: Es la red o tramo de red eléctrica monofásica, bifásica o trifásica que sale de una subestación, de un transformador de distribución o de otra red y suministra energía eléctrica a un área geográfica especifica. Cuando un circuito tenga varias secciones o tramos, para los efectos de este reglamento, cada sección se considerará como un circuito.