Objeto:Prestación del Servicio para la operación de los puntos de pago o recaudo de LA EMPRESA DE ENERGIA DE PEREIRA S.A E.S.P. , correspondiente al recaudo (entiéndase por tal el percibir y tener en custodia temporal) por pago que efectuen los usuarios con ocasión de las facturas emitidas, por concepto de prestación del Servicio Público Domiciliario de Energía Eléctrica, del Impuesto de Alumbrado Público, Servicio Público Domiciliario de Aseo y Terceros (Rayco, Asiu, Tarjeta de Energía de Pereira, Cootrasoc) facturados de forma conjunta con el servicio domiciliario de energía eléctrica en los términos de los artículos 146 y 147 de la Ley 142 de 1.994 que establece el Régimen de los Servicios Públicos Domiciliarios y en general los demás servicios autorizados para su recepción en nuestros puntos de pago como Aguas & Aguas de Pereira, Telefónica de Pereira, Acuacombia, Acueducto Cestillal, Acuaseo, alumbrado público, Estatal de seguridad, AseoPlus, Serviciudad, Aquasat, Atesa y otros que en el futuro se autoricen recaudar, realizando las actividades operativas y administrativas de cuadre de caja para cada una de las tesorerías de las Empresas a las cuales se les preste el servicio de recaudo.