Page 81 - INFORME DE GESTION 2020
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2.2.3  Operación comercial


       2.2.3.1 Atención al cliente y peticiones, quejas y reclamos.



       • Emergencia sanitaria covid 19


       El año 2020 fue un año atípico para todos,
       la pandemia producto del virus COVID 19
       cambió de manera drástica la forma de
       trabajar y los procesos a nivel mundial, nuestro
       proceso de Atención al Cliente y PQRS no
       fue la excepción, tuvimos que reinventarnos
       con el fin de dar cumplimiento a las medidas
       decretadas por el Gobierno Nacional.


       Desde la Declaratoria del Estado de
       Emergencia Sanitaria a través de la Resolución
       385 de 2020 emitida por el Ministerio de
       Salud, fortalecimos los canales de atención no
       presenciales para evitar el desplazamiento de
       los usuarios a la sala de atención al cliente;           los particulares que cumplan funciones públicas
       habilitamos mayores recursos telefónicos a               y se toman medidas para la protección laboral y
       través del call center garantizando que todos            de los contratistas de prestación de servicios de
       los  usuarios  pudieran  comunicarse  desde  sus         las entidades públicas, en el marco del Estado
       hogares y realizar cualquier trámite, además             de Emergencia Económica, Social y Ecológica”
       destinamos líneas WhatsApp exclusivas para
       atención, habilitamos agentes adicionales para           Procede la Empresa a expedir la circular externa
       la comunicación a través del chat en línea de            No 1535 del 01 de abril de 2020 “Por medio
       la página web www.eep.com.co ,así mismo                  de la cual se suspende la atención presencial
       fortalecimos el formulario web de PQRS para              en centros de Servicio al Cliente, se suspenden
       todos los usuarios que requieren radicar sus             parcialmente los términos de PQRS y de los
       peticiones, quejas o reclamos desde su hogar.            Procedimientos Administrativos de Recuperación
                                                                de Energía adelantados por la Empresa de
       Expedición del Decreto Legislativo No 491 del            acuerdo con lo establecido en el Decreto
       28 de marzo 2020 y Circular Externa SSPD                 Legislativo No 491 del 28 de marzo de 2020 y
       No. 20201000000124 del 27 de marzo de                    Circular Externa SSPD No. 20201000000124
       2020                                                     del 27 de marzo de 2020”

       En virtud de lo establecido en el Decreto                Circular externa debidamente publicada en el
       Legislativo No 491 del 28 de marzo 2020 “Por             portal web de la Empresa y difundida por los
       el cual se adoptan medidas de urgencia para              canales de comunicación, la cual en su numeral
       garantizar la atención y la prestación de los            primero resuelve:
       servicios por parte de las autoridades públicas y




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