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Hoteles y parques en Pereira no tendrán cobro de contribución en el servicio de energía

Pereira, 17 de junio de 2020 Por medio del Decreto 799 de 2020 el Gobierno Nacional exoneró hasta el 31 de diciembre del mismo año, el cobro por contribución de solidaridad en el servicio de energía a los prestadores de servicios turísticos, lo que equivale al 20% del valor total del servicio de energía en la factura.

La anterior decisión la adoptó el gobierno como respuesta a una solicitud realizada por Asociación Hotelera y Turística de Colombia -COTELCO- dirigida al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo el pasado 26 de mayo de 2020. COTELCO soportó que las edificaciones de la actividad hotelera están en uso permanente a lo largo del año, además hay un uso continuo del alumbrado y diferentes equipos eléctricos, lo cual hace que los pagos por el servicio de energía representen cerca del 12% de los gastos operacionales de los hoteles, y lamentablemente durante la temporada de aislamiento obligatorio la ocupación ha disminuido notablemente lo que ha golpeado fuertemente al sector.

Conforme a ello y con el fin de promover la generación de recursos líquidos que ayuden a la reactivación de la industria turística del país en los subsectores de alojamiento y parques, el Gobierno Nacional decidió suspender temporalmente el pago de la sobretasa de energía.

Es así como, Energía de Pereira ha iniciado con la aplicación de la medida para todos sus usuarios prestadores de servicios turísticos activos y vigentes en el Registro Nacional de Turismo y que desarrollen las siguientes actividades como labor principal señalada en RUT, en el establecimiento de comercio abierto al público:

  • Alojamiento en hoteles
  • Alojamiento en apartahoteles  Alojamiento en centros vacacionales
  • Alojamiento rural
  • Otros tipos de alojamientos para visitantes
  • Actividades de parques de atracciones y parques temáticos
  • Otras actividades recreativas y de esparcimiento N.C.P

Para que los usuarios de Energía de Pereira sean beneficiarios de la medida, deberán enviar la siguiente documentación vigente:

  • Rut actualizado con máximo 30 días de expedición.
  • Certificado de Existencia y Representación Legal (Cámara y Comercio) con máximo 30 días de expedición.
  • Fotocopia de la cedula del representante legal del establecimiento.
  • Copia del Registro Nacional de Turismo.

Con el fin de facilitar los trámites, la Empresa habilitará un formulario de registro y envío de la documentación en la página web www.eep.com.co en el botón de acceso denominado Sin contribución Hoteles y Parques.

En este sentido, a partir de la fecha en que el usuario realice el trámite y acredite los requisitos relacionados en el decreto y hasta el 31 de diciembre del presente año, dejarán de recibir el cobro correspondiente al concepto de contribución, valor que la empresa trasladaba directamente al Gobierno Nacional a través del Ministerio de Minas y Energía.

Para cualquier duda o inquietud relacionada con la medida, los usuarios podrán comunicarse a través de nuestros canales de atención dispuestos: Desde un teléfono fijo línea 115 opción 2, desde un celular 03631515 opción 2 o a la línea WhatsApp dispuestas: 3228655670-3228655668 de lunes a viernes de 8:00 a.m a 4:00 p.m.

Comunicaciones Energía de Pereira